Guardias de seguridad

 

  • Funciones propias de los Guardias de Seguridad.  

 

  1. a) Ejercer vigilancia de carácter general sobre las instalaciones y bienes, conforme a lo establecido en el Plan de Seguridad del mandante.
  2. b) Ejercer protección respecto de las personas y bienes que laboren o permanezcan en las instalaciones, 
  3. c) Controlar el ingreso y salida de empleados, visitas, clientes y personal de servicio en determinados puntos de control, mediante dispositivos PDA (Personal Digital Assistant) o elementos alternativos.
  4. d) Controlar el ingreso y salida de equipos, herramientas, materiales y/o elementos de la compañía, revisando también las especies que se transportan hacia el exterior, cotejándolas con guías y/u otros documentos de respaldo que correspondan.
  5. e) Controlar y fiscalizar vehículos que ingresen a las instalaciones, por los accesos habilitados, debiendo llevar registro de estos. 
  6. f) Realizar rondas periódicas, inspección de oficinas administrativas y perimetrales, que tendrán por objetivo principal la detección y prevención de delitos e infracciones a la seguridad de la instalación y sus empleados.
  7. g) Mantener libros de novedades en cada una de las garitas de seguridad y móviles en los cuales se presten los Servicios, registrando todas aquellas novedades que sean relevantes para los mismos. Se establece desde ya que un hecho relevante es aquél de cualquier naturaleza relacionado a la seguridad que no es habitual, ni regular o frecuente, ni común o que reuniendo las anteriores características afecta a las personas y activos relacionados, en razón de la función que cumplen.
  8. h) Llevar a cabo todas las acciones que prevengan la sustracción, robo o hurto de especies de los colaboradores.
  9. i) Mantener un comportamiento cordial en el trato interpersonal con las personas relacionadas con el servicio contratado y en general con toda persona con quienes interactúe en razón de los Servicios, orientada exclusivamente a las funciones descritas, evitando mantener relaciones de confianza incompatibles con las mismas.